Calculadora de cuotas del IMSS 2026

Lo que pagas al IMSS por cada trabajador y lo que le retienes de su sueldo, con los nueve conceptos desglosados y el artículo de cada uno.

Está escrita para quien tiene gente dada de alta — dueño de un negocio o despacho que lleva la nómina.

El sueldo, sin integrar. Si es mensual, divide entre 30.

Las cuotas se causan por día cotizado, y los meses no tienen todos los mismos días.

Mínimos de ley. Suben el salario base de cotización, y con él todas las cuotas.

Es la de tu empresa, no la de la ley: está en tu última declaración anual de riesgos. Si acabas de darte de alta, usa la prima media de tu clase:

La UMA cambia el 1º de febrero y la tabla de cesantía, cada 1º de enero.

Área geográfica

Lo que paga el patrón

$3,066.12

por 30 días cotizados. Al trabajador se le retienen $394.54 de su sueldo, y entre los dos se enteran $3,460.66.

Todo se calcula sobre un salario base de cotización de $524.66 diarios —el sueldo integrado con factor 1.0493—, que son 4.47 UMA.

Los nueve conceptos, uno por uno
ConceptoPatrónTrabajador
Riesgos de trabajo0.54355% del salario base de cotización (prima de la empresa)LSS arts. 70, 71, 73 y 74$85.55
Enfermedades y maternidad — prestaciones en especie (cuota fija)20.4% de la UMA diaria, igual para todos los trabajadoresLSS art. 106 fr. I + transitorio Décimo Noveno$717.94
Enfermedades y maternidad — prestaciones en especie (cuota adicional)1.1% patronal y 0.4% obrera, solo sobre lo que el salario base excede 3 UMALSS art. 106 fr. II + transitorio Décimo Noveno$57.00$20.73
Enfermedades y maternidad — prestaciones en dinero0.7% patronal y 0.25% obrera del salario base de cotizaciónLSS art. 107$110.18$39.35
Enfermedades y maternidad de pensionados — prestaciones en especie1.05% patronal y 0.375% obrera del salario base de cotizaciónLSS art. 25, párrafo segundo$165.27$59.02
Invalidez y vida1.75% patronal y 0.625% obrera del salario base de cotizaciónLSS art. 147$275.45$98.37
Guarderías y prestaciones sociales1% del salario base de cotizaciónLSS arts. 211 y 212$157.40
Retiro2% del salario base de cotizaciónLSS art. 168 fr. I$314.80
Cesantía en edad avanzada y vejez7.513% patronal y 1.125% obrera del salario base de cotizaciónLSS art. 168 fr. II + transitorio Segundo del DOF 16-12-2020$1,182.53$177.07
Total del periodo$3,066.12$394.54

De dónde sale la cuota de cesantía y vejez

Con 4.47 UMA de salario base, aplica el renglón «4.01 UMA en adelante» de la tabla: 7.513% a cargo del patrón.

🔥 Esa tabla sube cada año hasta 2030, y la que está impresa en el artículo 168 de la ley es la del final del camino, no la de hoy. La vigente sale del transitorio Segundo del decreto publicado en el Diario Oficial el 16 de diciembre de 2020.

Los dos valores que cambian con el calendario

  • UMA diaria: $117.31. Fija la cuota fija de enfermedades y maternidad, el umbral de 3 UMA de la cuota adicional y el tope de 25 UMA. Unidad de Medida y Actualización (aviso del INEGI), publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de enero de 2026.
  • Salario mínimo del área: $315.04. Es el piso de cotización y decide si aplica el renglón protegido de cesantía. Resolución del H. Consejo de Representantes de la CONASAMI que fija los salarios mínimos vigentes a partir del 1 de enero de 2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de diciembre de 2025.

Lo que tienes que saber de este cálculo

  • La prima de riesgos de trabajo no la fija la ley: la fija la siniestralidad de cada empresa. Ésta es la que capturaste; la real está en tu última declaración anual de riesgos, que se presenta en febrero.
  • Las cuotas de retiro, cesantía y vejez se enteran por bimestres, no por meses; las demás se pagan a más tardar el 17 del mes siguiente (art. 39). Aquí se muestra el importe del periodo que elegiste: cambia el calendario de pago, no el monto.
  • No se incluye la aportación del 5% al Infonavit: comparte la misma base pero es otra ley y otro instituto.
  • No se incluye el impuesto sobre nómina, que es estatal: cada estado tiene su tasa y se publica en su Periódico Oficial, no en el Diario Oficial de la Federación.
  • El cálculo supone el periodo completo cotizado. Ausencias, incapacidades y altas o bajas a mitad de periodo cambian los días cotizados, y con ellos las cuotas.
  • El Gobierno Federal también aporta a varios de estos ramos. No se suma aquí porque no lo desembolsa ni el patrón ni el trabajador.

Cuánto cuesta tener a alguien en el IMSS

Un trabajador con salario de $500.00 diarios —$15,000.00 al mes— con las prestaciones mínimas de ley y prima de riesgos de clase I le cuesta al patrón $3,066.12 de cuotas al mes, y al trabajador se le retienen $394.54.

Es un 20.4% del sueldo, encima del sueldo. Y no incluye el Infonavit, que es otro 5% de la misma base, ni el impuesto sobre nómina de tu estado.

Todo se calcula sobre el salario base de cotización, que no es el sueldo: es el sueldo más la parte diaria del aguinaldo y la prima vacacional. Por eso esta calculadora pide el salario y no el salario base — si te pidiera el salario base, sería facilísimo teclear el sueldo pelón y que todas las cuotas salieran bajas sin que nada avisara.

🔥 Lo que la ley imprime y lo que de verdad se paga

Este es el motivo por el que las cuotas del IMSS se publican mal tan seguido, y no es descuido: cuatro de los números que trae el texto de la ley no son los que se pagan. Cada uno lo corrige un artículo transitorio que vive lejos del artículo, al final del documento. Quien transcribe el articulado —que es lo que parece correcto— publica cifras equivocadas.

ConceptoDice la leySe pagaLo corrige
Cuota fija de enfermedades y maternidad13.9% de la UMA20.40% de la UMAtransitorio Décimo Noveno de la propia ley
Cuota adicional de enfermedades y maternidad6% patronal y 2% obrera1.10% patronal y 0.40% obreratransitorio Décimo Noveno de la propia ley
Cesantía en edad avanzada y vejez (renglón más alto)11.875%7.513% en 2026transitorio Segundo del decreto DOF 16-12-2020
Tope del salario base de cotización25 salarios mínimos25 UMAtransitorio Tercero del decreto de desindexación, DOF 27-01-2016
«La tasa sobre el salario mínimo general diario del Distrito Federal a que se refiere la fracción I del artículo 106, se incrementará el primero de julio de cada año en sesenta y cinco centésimas de punto porcentual. Estas modificaciones comenzarán en el año de 1998 y terminarán en el año 2007.»
Ley del Seguro Social, transitorio Décimo Noveno — 13.9% + 10 × 0.65 = 20.40%

Los nueve conceptos, y quién paga cada uno

No es una cuota: son nueve, con bases distintas. En cinco de ellas el trabajador aporta una parte; en cuatro paga el patrón solo.

RamoPatrónTrabajadorArtículo
Riesgos de trabajodel salario base de cotización0.5% a 15%LSS 70, 73 y 74
Enfermedades y maternidad — prestaciones en especie (cuota fija)de la UMA diaria, igual para todos20.4%LSS artículo 106 fracción I
Enfermedades y maternidad — prestaciones en especie (cuota adicional)solo de lo que excede 3 UMA1.1%0.4%LSS artículo 106 fracción II
Enfermedades y maternidad — prestaciones en dinerodel salario base de cotización0.7%0.25%LSS artículo 107
Enfermedades y maternidad de pensionados — prestaciones en especiedel salario base de cotización1.05%0.375%LSS artículo 25 párrafo segundo
Invalidez y vidadel salario base de cotización1.75%0.625%LSS artículo 147
Guarderías y prestaciones socialesdel salario base de cotización1%LSS artículos 211 y 212
Retirodel salario base de cotización2%LSS artículo 168 fracción I
Cesantía en edad avanzada y vejezdel salario base de cotización3.15% a 7.513%1.125%LSS artículo 168 fracción II inciso b)

⚠️ La cuota fija de enfermedades y maternidad es la única que no depende del sueldo: son 20.4% de la UMA diaria por cada trabajador, gane lo que gane. En el ejemplo de arriba son $717.94 al mes — y para quien cotiza el salario mínimo es el concepto más caro de los nueve, por encima de cesantía y vejez.

La tabla de cesantía y vejez de 2026

Es la única cuota cuyo porcentaje depende del sueldo, y sube cada año hasta 2030 por la reforma de pensiones de 2020. La tabla impresa en el artículo 168 es la del final del camino; la de la columna de en medio es la que se paga hoy.

Salario base de cotizaciónCuota patronal 2026En 2030
1.0 salario mínimo3.15%3.15%
1.01 SM a 1.50 UMA3.676%4.202%
1.51 a 2.00 UMA4.851%6.552%
2.01 a 2.50 UMA5.556%7.962%
2.51 a 3.00 UMA6.026%8.902%
3.01 a 3.50 UMA6.361%9.573%
3.51 a 4.00 UMA6.613%10.077%
4.01 UMA en adelante7.513%11.875%

El trabajador aporta además un 1.125% fijo, que no cambia con el sueldo ni con el año.

El escalón del salario mínimo

Mira el primer renglón de la tabla de arriba: está en salarios mínimos mientras todos los demás están en UMA. La ley mezcló las dos unidades en 2020, cuando un salario mínimo eran 1.42 UMA y todo encajaba. Desde entonces el salario mínimo subió mucho más rápido que la UMA, y hoy son 2.69 UMA.

La consecuencia es de dinero, y sorprende: quien cotiza exactamente el salario mínimo paga 3.15% de cesantía y vejez; con un centavo más de salario base de cotización paga 6.026%. Son $271.86 más al mes por ese centavo.

No es un error de esta calculadora ni del IMSS: el renglón existe para proteger a quien gana el mínimo, y el escalón es lo que quedó al moverse las dos unidades a velocidades distintas. Los renglones de 1.01 a 2.50 UMA, de hecho, ya no los puede alcanzar nadie: el artículo 28 prohíbe cotizar por debajo del salario mínimo.

La prima de riesgos de trabajo es tuya, no de la ley

Es el único porcentaje que ninguna calculadora puede saber por ti. Al darte de alta pagas la prima media de tu clase de actividad —de 0.54355% en la clase I a 7.58875% en la V—, y a partir del segundo año se recalcula cada febrero con tu propia siniestralidad, moviéndose como máximo un punto por año dentro del rango de 0.5% a 15%.

«Estas modificaciones no podrán exceder los límites fijados para la prima mínima y máxima, que serán de cero punto cinco por ciento y quince por ciento de los salarios base de cotización respectivamente.»
Ley del Seguro Social, artículo 74 — reformado el 20 de diciembre de 2001

La tuya está en tu última declaración anual de riesgos de trabajo, la que se presenta en febrero.

Lo que esta calculadora no resuelve

  • El Infonavit. Es otro 5% de la misma base, pero es otra ley y otro instituto. Se paga en el mismo formato, así que es fácil creer que va incluido aquí: no va.
  • El impuesto sobre nómina. Es estatal: cada estado tiene su tasa y la publica en su Periódico Oficial, no en el Diario Oficial de la Federación.
  • Ausencias, incapacidades y altas o bajas a media quincena. Cambian los días cotizados con reglas propias, y con ellos todas las cuotas.
  • Salario variable o mixto. El salario base de cotización de quien cobra comisiones o destajo sale de promediar los dos meses anteriores, y ese promedio no lo tenemos.
  • El cálculo de tu prima de riesgos. Sale de tu siniestralidad del ejercicio anterior: es la declaración anual de riesgos, otro trámite.

¿Buscas la base sobre la que se calcula todo esto? Calculadora de salario diario integrado · calculadora de ISR · calculadora de aguinaldo.

De dónde sale cada número

Todos los porcentajes se transcribieron del texto vigente de la Ley del Seguro Social publicado por la Cámara de Diputados, y cada uno viaja en el código con su cita textual. Los dos valores que cambian con el calendario:

  • UMA diaria de $117.31 desde el 1 de febrero de 2026 DOF 2026-01-09. Entra en vigor el 1º de febrero, no el 1º de enero.
  • Salario mínimo general de $315.04 y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte — DOF 2025-12-09.

Si llevas la nómina de un negocio

Las cuotas se calculan sobre el salario base de cotización, y ese dato es de los pocos que se equivocan una vez y se cobran años después: cuando el IMSS determina diferencias las cobra con actualización y recargos desde la fecha en que se debieron pagar.

Y no es un cálculo que se haga una vez. Cambia con cada aniversario de cada persona —porque suben los días de vacaciones—, con cada aumento de sueldo, con cada UMA nueva en febrero, con cada prima de riesgos nueva también en febrero, y con cada escalón anual de la tabla de cesantía hasta 2030.

Busca un despacho contable en tu ciudad, sembrado del directorio de unidades económicas del INEGI.